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Qué hay que saber para trasladar perros y gatos dentro de Argentina

¿Qué necesita saber el tutor de tu paciente para viajar dentro del país de una manera segura? Te dejamos algunos aspectos a tener en cuenta para que puedas aconsejarlo con información actualizada.

Si tu paciente tiene que viajar dentro del territorio nacional, hay algunas cuestiones que su tutor necesita saber para hacerlo con seguridad para sí mismo y para los demás (humanos y animales). Revista 2+2 comparte un resumen de las recomendaciones brindadas por el Senasa para que puedas responder con seguridad dentro del consultorio o te anticipes cuando lo creas necesario.

Si bien el Senasa no posee una reglamentación específica en cuanto al traslado de perros y gatos dentro de Argentina, sí sugiere que al momento de viajar por vía aérea, terrestre o acuática, se tengan actualizados estos documentos:

Certificado de Vacunación Antirrábica

La vacunación antirrábica debe administrarse de modo obligatorio a perros y gatos con buen estado de salud a partir de los tres meses de edad y revacunarse anualmente. Esto debe estar plasmado en el Certificado o Constancia de Vacunación Antirrábica y tiene que estar vigente.

El certificado o constancia podrá ser requerido por autoridades competentes en puntos de control ubicados en el territorio nacional – incluidos barreras sanitarias, terminales fluviales, marítimas y/o aeropuertos– como también por compañías de transporte en los cuales deban ser transportados estos animales, en especial, de carácter aéreo.

Consideraciones:

  • Los animales vacunados en la Argentina deben tener una Constancia o Certificado confeccionado por el profesional veterinario matriculado (privado) y que haya utilizado los certificados oficiales autorizados.
  • El ejemplar original no debe ser retenido por ninguna autoridad de control dentro del territorio argentino.
  • Debe contener todos los datos requeridos (del propietario, del animal, de la vacuna utilizada, etcétera) y legibles.
  • Siempre es de utilidad viajar con (un mínimo de) una fotocopia de este Certificado / Constancia.
  • La constancia de vacunación antirrabica podrá estar incluida en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F)

Certificado de Salud / Aptitud para el traslado por vía aérea como carga

Cuando el perro o gato sea despachado como carga para vuelos de cabotaje dentro de Argentina, se necesita contar con un Certificado de salud emitido por un médico veterinario, con matriculación vigente.

El veterinario, mediante el certificado de salud, debe examinar a la mascota y certificar su salud y su aptitud para emprender el traslado aéreo. Es un formulario provisto a los veterinarios por el Colegio de Veterinarios donde se encuentre registrado o bien esta declaración conste en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (L.U.S.C.Y.F).

También deberá tener el Certificado de Vacunación Antirrábica en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (LUSCYF), si el perro o gato tiene tres meses o más de edad. Ambos certificados deberán estar disponibles 10 días previos al embarque.

Embarque aéreo de animales de corta edad

El Senasa no tiene previsión reglamentaria alguna sobre restricciones al embarque aéreo de animales menores a tres meses de edad. Se recomienda que para vuelos de cabotaje el tutor se comunique con la compañía aérea para conocer su criterio al respecto. Algunas compañías pueden autorizan o no el embarque de ejemplares caninos o felinos en cabina de pasajeros.

En estos casos se mantiene la necesidad de contar con el Certificado de Salud emitido por un médico veterinario, con matriculación vigente y el Certificado de Vacunación Antirrábica.

Situaciones especiales

Las recomendaciones detalladas anteriores no aplican en los siguientes casos:

  • Si en un viaje dentro del territorio nacional se decidiera salir temporariamente hacia otro país, por ejemplo, Uruguay, Paraguay, Brasil, Bolivia o Chile, es necesario contar con el Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido por el Senasa. Un caso práctico es un viajero que haga el trayecto aéreo desde Aeroparque de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) hasta Mendoza y desde esta ciudad decida dirigirse por vía terrestre a visitar cualquier localidad ubicada en Chile.
  • Si se realiza un traslado por vía terrestre hacia y desde la provincia de Tierra del Fuego, tanto los viajeros nacionales como los extranjeros que vayan acompañados de perros y/o gatos y lleguen desde cualquier punto del territorio continental argentino necesitan tramitar en el Senasa el Certificado Veterinario Austral.

Para más información: Senasa

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