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¿Se puede acceder a los beneficios de la Ley PyME?

César Tortorella, presidente de la Cámara de Pequeñas y Medianas Empresas (CAPYBEF), detalla las principales ventajas que podrían lograr los comercios veterinarios, entre otras empresas, desde octubre.

Escribe Facundo Sonatti

ley pymeEn octubre entró en vigencia la nueva Ley PyME, impulsada por el Ministerio de la Producción de la Nación y que reúne una serie de beneficios para las 650.000 empresas locales que tienen una facturación inferior a los $650 millones al año.
La quita del impuesto a la ganancia mínima presunta, los pagos trimestrales del IVA y la devolución del 100% a los cargos por transferencias y pagos con cheques son algunos de los alivios que recaerán sobre pequeñas y medianas compañías.
Vale mencionar que las PyMEs argentinas representan el 99,7% del total de las empresas registradas en Argentina; generan cerca del 70% del empleo formal privado y un 4,6% de las exportaciones totales, según las últimas cifras oficiales.

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En un contexto recesivo, con el consumo en números negativos, las pequeñas y medianas empresas (entre las cuales se podría contemplar a unos 9.000 comercios veterinarios en todo el país), se verán beneficiadas con una serie de normativas que representan un alivio fiscal; y promociones para acceder a nuevas herramientas de financiamientos.
¿El primer paso? Registrarse vía el sitio Web de la AFIP como PyME y determinar allí qué categorización le corresponde en base a la facturación promedio de los últimos tres años. Vale tener en cuenta que los locales comerciales veterinarios y pet-shops pertenecen al sector Comercio, en el cual las empresas se rigen por la siguiente categorización, en base a su facturación.
• Micro: hasta $9 millones anuales.
• Pequeña: $55 millones anuales.
• Mediana (tramo 1): $450 millones anuales.
• Mediana (tramo 2): $650 millones anuales.

 

 

En ese marco, esta Revista 2+2 dialogó con el Ing. César Tortorella, presidente de la Cámara de Pymes de Bolsa, Economía y Finanzas (CAPYBEF), a fin de repasar los beneficios a los cuales podrían acceder tanto las veterinarias comerciales radicadas en el interior del país, como los pet – shops radicados en los grandes centros urbanos, entre otros locales a cargo de profesionales.
“El primer paso para acceder a los beneficios de la nueva Ley es registrarse en la AFIP mediante un procedimiento relativamente sencillo, vía Web”, señala el especialista y advierte, “más allá de esto y ante cualquier problema o duda, lo recomendable es acudir a un contador”.
Para solicitar la categorización como Micro, Pequeña o Mediana Empresa (Ver recuadro) se deberá ingresar con CUIT y clave fiscal en afip.gob.ar para desde allí dirigirse al servicio denominado “PYME Solicitud de categorización y/o Beneficios”.
Dentro del mismo y mediante declaración jurada se completará la solicitud en la categoría que corresponda. “A partir de la información que suministran los ciudadanos sobre el total de ventas anuales de los tres últimos ejercicios comerciales o períodos fiscales, la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, determinará un promedio para categorizar a los interesados que se encuadren en la categoría PyME”, explica Tortorella y agrega: “no se tiene en cuenta el patrimonio neto ni tampoco el número de empleados”.
El sistema consultará si desea solicitar la opción para cancelar el IVA por trimestre: para ello deberá seleccionar la opción “SI”. En caso que quiera solo categorizarse como PYME deberá seleccionar la opción “NO”.

Un nuevo escenario

“Los beneficios pueden impactar en distinta proporción, según el rubro, pero lo importante es que todos son viejos reclamos del sector que finalmente han sido atendidos”, asegura el presidente de la CAPYBEF.
En el caso del sector de Comercio, que aglutina -entre otros- a los locales veterinarios, las categorías se dividen según la facturación en Micro (hasta $9 millones); Pequeña ($55 millones); Mediana -tramo 1- ($450 millones); y Mediana -tramo 2- ($650 millones). Para Tortorella, entre los principales alivios que conllevan estas modificaciones, se cuentan el pago trimestral del IVA, el descuento del impuesto al cheque de lo que se paga de Ganancias, hasta un 100%, y que ya no se deberá abonar el impuesto a la Ganancia mínima presunta.
“El primero de los puntos es lógico, sobre todo para aquellas empresas medianas que no venden al contado: facturan y pagan el IVA, cuando probablemente no terminaron de cobrar el monto”, repasa el especialista.
ley-pymeEn este punto, vale mencionar que al momento que se cumplieron los primeros 90 días y si bien estaba estipulado el pago de contado de los valores, el Gobierno liberó una propuesta de cuotas que ya está vigente.
“En el caso de las firmas que operan con cheque, sobre una carga del 1,2%, antes solo se podía deducir de ganancias el 0,2% y ahora es completo. Es decir, es un ahorro diferido”, agrega. A su vez, se instrumentó el fomento a inversiones a partir del cual las compañías podrán descontar hasta 10% del impuesto a las Ganancias de las inversiones realizadas entre 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018. Asimismo, podrán pedir la devolución del IVA de las inversiones a través de un bono de crédito fiscal para el pago de impuestos nacionales y aduaneros.
Por su parte, se elevaron los umbrales de retención de IVA (135%), Ganancias (400%) y Seguridad Social para que las PyMEs que cuenten con mayor alivio financiero. Y se elevó el cupo prestable de la Línea de Créditos de Inversión Productiva del 14 al 15,5%, incremento que implicó $63.000 millones en el segundo semestre de 2016. A su vez, se amplió al 50% el acceso al financiamiento de corto plazo. Por último y a través del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), se lanzó la línea Primer Crédito PyME a una tasa variable de 16% máximo y con un plazo de hasta 7 años, para montos entre $500 mil y $5 millones.

 

Cuentas pendientes
“Una dificultad que atañe a todas las PyMEs es que el Estado ejerce una exigencia sobre ellas como si fuesen multinacionales. Tenemos que ir hacia la simplificación de trámites vía Web para evitar complejidades, como por ejemplo para acceder a cuentas bancarias y dar de alta o baja a un empleado, que suelen insumir demasiado tiempo y dinero”, analiza Tortorella.
En resumen, el principal reclamo que aún sigue vigente es la implementación de una normativa de simplificación que, “nosotros denominado ‘ventanilla única’ para que abrir una empresa no lleve meses sino pocos días”, cierra el especialista.

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