Para conocer y saber, antes (o después) de abrir
Existen tres niveles básicos, desde lo contable, para tener bien en cuenta a la hora de abrir un comercio, y estos son: el nivel nacional, el provincial y, por último, el municipal.
Para conocer y saber, antes (o después) de abrir
Nacional: En primer lugar, la persona -ya sea física o una empresa- que se crea debe inscribirse en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Accediendo a la página Web de dicho organismo público (www.afip.gob.ar) uno puede conocer la Agencia que le corresponde en particular, según el domicilio donde realizará su actividad.
La persona física deberá completar el Formulario 460/F para la obtención de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) siempre y cuando no la posea.
Junto con dicho formulario deberá presentarse el DNI original, una copia del mismo y dos comprobantes de domicilio.
Cumplimentando este trámite, la AFIP entrega el CUIT y, además, le brindará una Clave Fiscal para realizar trámites por Internet. Es aquí donde se debe inscribir en el Monotributo o en el Régimen General, según ciertas pautas y límites de facturación que impone el organismo.
Provincial: Posteriormente, cuando ya realizó la inscripción en la AFIP, uno debe inscribirse en Rentas de la provincia en donde se va a realizar la actividad principal. Allí, uno va a pagar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
¿Qué es esto?: un porcentaje sobre las ventas que tuvo en determinado período (se presentan anticipos mensualmente).
En el momento de inscribirse, debe tener en cuenta que distintas actividades tributan distinto porcentaje, aunque la alícuota más común es la de un 3{4adbc17c030d51c01aaa8963ad5665f139ab1902e320bb247e1d9c7f0bc665e4}. Más allá de esto, cada jurisdicción tiene distintos porcentajes para diferentes actividades.
Cabe mencionar que si se realiza la actividad en más de una jurisdicción (por ejemplo posee locales en la Ciudad de Buenos Aires y en la provincia) se debe inscribir en el Convenio Multilateral (el porcentaje de los Ingresos Brutos se distribuyen en las distintas jurisdicciones según ciertos parámetros).
Municipal: Como última cuestión a tener en cuenta, al abrir un local de venta al público se debe tener la habilitación municipal correspondiente.
Depende mucho del municipio para saber qué tipo de documentación se debe presentar, en qué tiempo y qué tasas le cobran cuando ya esté ejerciendo la actividad. Habrá que interiorizarse.
Sólo para CABA
En la Ciudad de Buenos Aires, existe un Régimen Simplificado que es similar al Monotributo en la AFIP, donde si uno se encuentra dentro de ciertos límites de facturación, puede acceder a pagar sus tributos de manera más sencilla. En provincia de Buenos Aires no existe este Régimen en donde, voluntariamente, inscribirse.
Juan Ignacio Álvarez Jofré
Contador Público Nacional (CPN) y Licenciado en Administración de Empresas recibido en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Técnico Superior en Periodismo en TEA (Taller Escuela Agencia). E mail: jijofre@hotmail.com



